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Las fotomultas las pagan los conductores, no los dueños de los carros: Corte  Así pasó 

Las fotomultas las pagan los conductores, no los dueños de los carros: Corte

Octubre 29 de 2020 - por Cali para Q'hubo Cali

La Corte Constitucional rechazó la nulidad de su sentencia que regulaba las fotomultas. No obstante, modificó el parágrafo que indica que los propietarios de vehículos debían asumir solidariamente el pago de las multas con los conductores.

La Corte Constitucional anuló en la noche del pasado miércoles una solicitud que le pedía anular su sentencia de febrero pasado, en la que modificó la regulación de las fotomultas.

No obstante, aunque mantiene intacto el fallo, cambió uno de los artículos de la Ley 1843 del 2017. Ahora, según ordenó la Corte, los conductores son los responsables de pagar las fotomultas interpuestas y no los dueños de los vehículos, como estaba estipulado anteriormente.

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Así, el alto tribunal pidió a las autoridades que, de ahora en adelante, comprueben quién maneja los carros para que sea esa persona quien pague la multa.

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Foto: Colprensa

La Corte detalló que el principio de responsabilidad debe ser respetado y que propietarios no tienen por qué asumir la culpabilidad de terceros.

Este es uno de los puntos más polémicos, pues según expertos, aunque no se tumbe la ley de fotomultas, hace inviable al sistema.

Esto, debido a que las cámaras no tienen la capacidad de identificar a las personas que conducen los vehículos infractores. Por esta razón, las multas se imponen a las placas.

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¿Quién solicitó la nulidad?

Según argumenataba Fedemunicipios, quien solicitó la nulidad del fallo, “no existe en el mundo un sistema que identifique al conductor de un vehículo”.

De la misma forma, la Alcaldía de Medellín también había pedido la nulidad de la sentencia, alegando que uno de los elementos esenciales del transporte terrestre es vincular al propietario del vehículo al procedimiento contravencional cuando la infracción se detecta por fotomulta.

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foto: Colprensa

Esto, dijo la Alcaldía, es una forma de inferir que el dueño es el presunto infractor. Por esto, “tiene un papel garante”, pues tiene el uso, disfrute y goce del vehículo.

El Ministerio de Transporte se había unido a esta solicitud de nulidad, afirmando que la Corte había ignorado su precedente judicial que permitía vincular la responsabilidad del propietario del carro con la infracción.

Para el Ministerio, este era un mecanismo útil para imponer las multas. Asimismo, que esto no impedía que el propietario pudiera alegar que no fue él quien cometió la infracción.

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