La Corte Constitucional rechazó la nulidad de su sentencia que regulaba las fotomultas. No obstante, modificó el parágrafo que indica que los propietarios de vehículos debían asumir solidariamente el pago de las multas con los conductores.
La Corte Constitucional anuló en la noche del pasado miércoles una solicitud que le pedía anular su sentencia de febrero pasado, en la que modificó la regulación de las fotomultas.
No obstante, aunque mantiene intacto el fallo, cambió uno de los artículos de la Ley 1843 del 2017. Ahora, según ordenó la Corte, los conductores son los responsables de pagar las fotomultas interpuestas y no los dueños de los vehículos, como estaba estipulado anteriormente.
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Así, el alto tribunal pidió a las autoridades que, de ahora en adelante, comprueben quién maneja los carros para que sea esa persona quien pague la multa.

La Corte detalló que el principio de responsabilidad debe ser respetado y que propietarios no tienen por qué asumir la culpabilidad de terceros.
Este es uno de los puntos más polémicos, pues según expertos, aunque no se tumbe la ley de fotomultas, hace inviable al sistema.
Esto, debido a que las cámaras no tienen la capacidad de identificar a las personas que conducen los vehículos infractores. Por esta razón, las multas se imponen a las placas.