El Gobierno Nacional lanzó una nueva alternativa de ingresos para colombianos mayores que estén pensionados o no, pero que alcanzaron a comprar una vivienda.
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La idea es que conviertan la vivienda en un mecanismo adicional de aseguramiento en la vejez, algo parecido a una mesada pensional, la cual podrá ser vitalicia.

Se trata de la llamada hipoteca inversa, que es un mecanismo dirigido a aquellas personas mayores de 65 años que son propietarias de una vivienda y quieren tener un ingreso complementario. Podrán utilizar su vivienda para asegurar su sostenimiento económico durante la vejez, hipotecando el inmueble a cambio de una renta mensual, que puede ser vitalicia, temporal o única.
Técnicos del Ministerio de Vivienda respondieron las siguientes inquietudes.
¿Cómo funciona este instrumento?
La persona interesada se acerca a una entidad que tenga habilitado el producto y con ella podrá pactar la hipoteca.
La figura, que se utiliza en varios países, le permite a la persona recibir esos recursos mensuales mientras sigue disfrutando de su casa hasta el último día de su vida.
¿Cuándo fallezca la persona se perderá el inmueble?
No, en ese momento los herederos pueden saldar la deuda de la hipoteca con sus recursos, vendiendo el inmueble y pagando el porcentaje correspondiente o entregar el inmueble como pago por la renta que recibió su familiar.
¿Es solo para pensionados o aplica para todos los que tengan más de 65 años?
Aplica para las personas mayores de 65 años que sean dueñas de una vivienda, sin importar si tiene o no pensión.

¿Cómo es la renta que recibiría el interesado?
La hipoteca inversa maneja tres tipos de rentas, dependiendo de las necesidades de quienes decidan usarla: la primera es la renta vitalicia que consiste en un pago mensual hasta que la persona fallezca.
La segunda es una renta temporal, es decir, la destinación de un valor mensual por un número determinado de años, y la tercera es una renta única que consiste en recibir la totalidad del valor en una sola entrega.
¿De qué depende el monto de la renta?
El valor del monto mensual dependerá de varios factores, como el avalúo de la vivienda, la edad de los solicitantes del producto y la modalidad de hipoteca inversa seleccionada.

¿Ese mecanismo producto aplica para todos los estratos?
Sí, no hay distinción de estrato o ingresos.
Si a los 6 meses o el año muere el beneficiario del producto, ¿el inmueble queda en manos del banco o grupo asegurador?
No. El inmueble es la garantía para el pago de una deuda, si esa deuda se paga, entonces se levanta la hipoteca sobre el inmueble. Si no hay pago de la deuda, entonces se hace efectiva la garantía, es decir, se entrega el inmueble como pago de la deuda.
¿Cómo se calculará la renta para quienes resulten beneficiarios de este producto y quién define eso?
La renta se define, principalmente, por el avalúo de la vivienda, la edad de los solicitantes, la tasa de interés y la modalidad de hipoteca inversa (vitalicia, temporal o de única disposición). Esto sin perjuicio de los análisis de riesgo que las entidades autorizadas puedan evaluar.
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¿Si el interesado se acoge a la renta temporal, después de ese número determinado de años qué pasa con su vivienda?
La persona seguirá residiendo en su vivienda sin ningún inconveniente y no tiene el deber de pagar en ese momento el valor que ha sido otorgado como renta, por cuanto la obligación solo podrá exigirse al momento del fallecimiento del dueño o del último de los beneficiarios. Si la familia decide voluntariamente durante la vida del propietario o de sus beneficiarios cancelar la deuda, podrán hacerlo sin ningún problema.